Sentimientos de la Nacion
1º.
Que la América es li
bre é independiente de España
y de toda otra Nación,
Gobierno ó Monarquía, y que así se s
ancione, dando al mundo las razones.
2º.
Que la Religión Catolica sea
la unica, sin tolerancia de otra.
3º.
Que todos sus ministros se sustenten de todos, y solos los diezmos y
primicias, y él pueblo no tenga que pag
ar más obvenciones que las de su
devoción y ofrenda.
4º.
Que él dogma sea sostenido por la Ge
rarquía de la Yglesia, que son él Papa,
los Obispos y los curas, porque se debe a
rrancar toda planta que Dios no plantó:
omnis plantatis quam nom plantabit pater m
eus celestis cradicabitur. Mat. Cap.
XV.
5º.
Que la soberanía dimana inmediat
amente del Pueblo, el
que solo quiere
depositarla en sus representantes dividien
do los poderes de ella en Legislativo,
Ejecutivo y Judiciario, elig
iendo las Provincias sus voca
les, y éstos á los demás,
que deben ser sujetos sabios y de probidad.
Versión testada
5º
Que la Soberanía dimana
inmediatamente del Pueblo, el que solo quiere
depositarla
en el Supremo Congreso Naciona
l Americano, compuesto de
representantes de las provincias en igualdad de números
.
Artículo testado
6º.
Que los Poderes Legislatibo, Executibo,
y Judicial esten dibididos en los
cuerpos compatibles para ejercerlos.
7º.
Que funcionarán cuatro años los vo
cales, turnándose, saliendo los más
antiguos para que ocupen él lugar los nuevos electos.
8º.
La dotación de los vocales, será una co
ngrua suficiente y no superflua, y no
pasará por ahora de ocho mil pesos.
9º.
Que los empleos los obtengan solo los americanos.
Versión testada
9º
Que los empleos solo los americanos
los obtengan
.
10º
. Que no se admitan extrangeros, si no
son artesanos capaces de instruir, y
libres de toda sospecha.
11º.
Que la patria no será del todo libre
y nuestra, mientras no se reforme él
gobierno, abatiendo él
tiránico, substituyendo el li
beral y echando f
uera de nuestro
suelo al enemigo español que tanto se
ha declarado contra esta nación.
Versión testada
11º
Que los Estados mudan costum
bres y, por consiguiente, la
Patria no será
del todo libre y nuestra
,
mientras no se reforme el
Gobierno, abatiendo
el tiránico,
substituyendo el liberal,
e igualmente
echando fuera de nuestro suelo al enemigo
Español, que tanto se ha declarado contra
nuestra Patria
.
12º.
Que como la buena ley es superio
r á todo hombre, las que dicte nuestro
Congreso deben ser tales que
obliguen á constancia y patriotismo, moderen la
opulencia y la indigencia, y
de tal suerte se aumente él jornal del pobre, que
mejore sus costumbres, aleje la
ignorancia, la rapiña y él hurto.
Versión testada
12º
Que como la buena ley es superio
r a todo hombre, las que dicte nuestro
Congreso deben ser tales, que
obliguen a constancia y
patriotismo, moderen la
opulencia y la indigencia, y
de tal suerte se aumente el
jornal del pobre, que
mejore sus costumbres,
alejando
la ignorancia, la rapiña y el hurto.
13.
Que las leyes generales comprendan
á todos, sin excepción de cuerpos
privilegiados, y que éstos sólo lo sean en cuanto él uso de su ministerio.
14º.
Que para dictar una ley se discuta en
él congreso, y decida a pluralidad de
votos.
Versión testada
14º Que para dictar una ley se haga
junta de sabios en el número posible,
para que proceda con más acierto
y exonere de algunos cargos que
pudieran resultarles.
15º.
Que la esclavitud se proscriba para
siempre, y lo mismo la distinción de
castas, quedando todos iguales y sólo distingui
rá á un americano de otro, él vicio y
la virtúd.
16º.
Que nuestros Puertos se franqueen á
las naciones extrangeras amigas, pero
que éstas nos é internen al Reyno por más
amigas que sean, y solo haya Puertos
señalados para él efecto, prohibiendo
él desembarco en todos los demás,
señalando él diez por ciento u
otra gabela a sus mercancías.
Versión testada
16º
Que nuestros puertos se franqueen a las naciones extranjeras amigas, pero
que éstas no se internen al Reyno por más amigas que sean, y solo
habrá
puertos
señalados para el efecto, prohibiendo el
desembarque
en todos los demás,
señalando el diez por ciento.
17º.
Que á cada uno se le guarden las propiedades y respete á su casa como en
asilo sagrado señalando penas á los infractores.
18º.
Que la nueva legislación no
se admitirá la tortura.
19º.
Que en la misma se establezca por
ley Constitucional la celebración del doce
de Diciembre en todos los pueblos, dedic
ado á la patrona de nuestra libertad,
María Santísima de Guadalupe, encargando
á todos los pueblos, la devoción
mensual.
20º.
Que las tropas extrangeras de otro Re
yno no pisen nuestro suelo, y si fuere
en ayuda, no estarán donde la Suprema Junta.
21º.
Que no hagan expedi
ciones fuera de los limites
del Reyno, especialmente
ultramarinas, pro que no son de esta clase,
propagar la fé á nues
tros hermanos de
tierra dentro.
22º.
Que se quite la infinidad de tribut
os, pechos ó imposiciones que más agobian
y se señale á cada indibiduo un sinco por
ciento en sus ganancias, u otra carga
igual ligera, que no oprim
a tanto, como la alcabala, él
estanco, él tributo y otros,
pues con esta corta contribución, y la buena administración de los bienes
confiscados al enemigo,
podrá llevarse él peso de la Guerra y honorarios de
empleados.
Versión testada
22º
Que se quite la infinidad de tributos
, pechos e imposicion
es que nos agobian,
y se señale a cada indi
viduo un sinco por ciento
de semillas y demás efectos
u
otra carga igual, ligera, que no oprima tanto,
como la Alcabala, el Estanco, el
Tributo y otros; pues con esta
ligera
contribución, y la buena administración de los
bienes confiscados al enemigo,
podrá llevarse el peso de la guerra y honorarios de
empleados.
Chilpancingo 14 de septiembre de 1813
José María Morelos
23º.
Que igualmente se solemn
ice él día 16 de septiembre todos los años, como
él día aniversario en que se
levantó la voz de la i
ndependencia y nuestra santa
libertad comenzó, pues en es
e día fue en el que se abrieron los labios de la
Nacion para reclamar sus derechos
y empuño la espada para ser oída,
recordando siempre él mérito del grande Hé
roe él señor Dn. Miguel Hidalgo y su
compañero Dn. Ignacio Allende.
Versión testada
23º
Que igualmente se solemnic
e el día 16 de septiembre todos los años, como el
día aniversario en que se levantó la
voz de la Independencia y nuestra santa
Libertad comenzó, pues en
ese día fue en el que se
desplegaron
los labios de la
Nacion para reclamar sus derechos
con
espada
en mano
para ser oída;
recordando siempre el mérito
del grande héroe, el señor
Dn. Miguel Hidalgo y su
compañero Dn. Ignacio Allende.
Repuestas en 21 de Nov. de 1813.
Y por tanto quedan abolidas és
tas, quedando siempre sujeto
s al parecer de S.A.S